¿Cuál es la función del abogado del niño?
Representar legalmente los intereses de los niños, niñas y adolescentes ante cualquier procedimiento civil, familiar o administrativo. Debe informar al niño, niña y adolescente su derecho a ser legalmente representado.
¿Quiénes pueden ser abogados del niño?
Los abogados con matrícula provincial y con especialización en derechos del niño, certificado por unidades académicas reconocidas y acreditadas. Pueden ser profesionales del ámbito público, privado o que integren organizaciones de la sociedad civil que trabajen la problemática de la infancia y adolescencia.
¿Qué se tiene en cuenta para designar al abogado del niño en cada caso?
El domicilio del niño, niña y adolescente.
¿Existe un registro de abogados del niño?
Sí. El Registro Provincial de Abogados del Niño en el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires.
¿Cómo se difunden los abogados inscriptos en el registro?
A través de todos los recursos informativos de la Suprema Corte de Justicia, los distintos Departamentos Judiciales, los Servicios Zonales y Locales dependientes del Sistema de Promoción y Protección de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes del Poder Ejecutivo provincial.
¿Quién paga a los abogados del niño?
El Estado provincial paga las actuaciones de los abogados patrocinantes de los niños.
Más información:
Registro de abogados y abogadas del niño, niña y adolescente