En el marco de la emergencia sanitaria por el COVID-19, quedan suspendidos todos los eventos y actividades que involucren gran número de personas.

 

¿Qué eventos suspende el decreto?

  • Culturales
  • Artísticos
  • Recreativos
  • Deportivos
  • Sociales de participación masiva

 

¿Qué otras actividades se suspenden?

Se dispone el cierre de:

  • Museos provinciales
  • Centros culturales provinciales
  • Espacios artísticos y recreativos provinciales

 

¿La suspensión alcanza a las áreas de la administración pública provincial?

Sí, las autoridades podrán establecer modalidades de trabajo domiciliario y, en caso de corresponder, el cierre de las dependencias del Sector Público Provincial.

 

¿Cuáles son las áreas de la administración pública involucradas?

  • Ministerios provinciales
  • Secretarías provinciales
  • Secretaría General de la Provincia
  • Organismos de la Constitución
  • Asesoría General de Gobierno
  • Organismos descentralizados provinciales
  • Cárceles y dependencias policiales provinciales deberán tomar medidas para evitar el contagio en los establecimientos

 

¿El plazo de suspensión puede ser modificado?

Sí, según las recomendaciones que realice el Ministerio de Salud.

 

 

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Ley en versión original