Uso obligatorio de tapa nariz y boca en todo el territorio de la provincia de Buenos Aires, en el marco de la emergencia sanitaria por el COVID-19.

 

¿Qué establece el decreto?

El uso obligatorio de elementos de protección que cubran nariz y boca, a partir del día 20 de abril de 2020.

 

¿Quiénes deben usar el tapa nariz y boca?

Todas las personas que permanezcan o circulen en:

  • transporte público de pasajeros
  • vehículos particulares, cuando haya dos o más personas
  • espacios cerrados de acceso público dentro del territorio de la provincia de Buenos Aires. Por ejemplo: locales comerciales, bancos, dependencias públicas, entre otros.

 

¿Para qué sirve el tapa nariz y boca?

Los elementos de protección facial son fundamentales para cuidarnos y para cuidar a los demás.

 

¿Cómo se obtiene el tapa nariz y boca?

El ministerio de Salud promueve la realización artesanal del tapa nariz y boca para que los y las bonaerenses puedan elaborarlos con los elementos que tengan disponibles en sus casas.

 

¿Cómo puedo armar el tapa nariz y boca de forma casera?

El ministerio de Salud hizo un tutorial para explicar cómo armarlo de forma simple. Para ver el video, clic aquí:

 

¿Puedo comprar mascarillas médicas o quirúrgicas?

No, el decreto prohíbe la distribución de las mascarillas médicas o quirúrgicas N95 a quienes no sean personal de la salud o presten servicios vinculados a ella.

 

¿Por qué está prohibida la distribución de las mascarillas médicas o quirúrgicas?

Porque el objetivo es asegurar el normal abastecimiento para el personal de la salud o quienes presten servicios vinculados a ella.

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